La pensión alimenticia para los hijos mayores

En caso de divorcio, la pensión alimenticia para los hijos mayores de edad suele ser causa de muchas dudas.

¿Tengo que pagarla? ¿Y si no viven en la vivienda familiar? ¿Y si están ya casados?

Para responder esta pregunta, en primer lugar, es necesario conocer el convenio regulador y lo que se pactó -o la sentencia que se dictó en el caso de un divorcio contencioso-.

En general, podemos decir que existe la obligación de abonar la pensión alimenticia para los hijos, mientras los mismos son menores de edad, así como si son mayores de edad pero carecen de medios económicos propios.

Por tanto, que los hijos hayan alcanzado la mayoría de edad o se hayan emancipado no es un suficiente para dejar de abonar la pensión alimenticia. Además éstos tienen que contar con medios económicos propios que garanticen su independencia.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que estudian

Mientras el hijo mayor de edad esté estudiando, tiene derecho a percibir la pensión alimenticia.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que se han dictado sentencias judiciales que niegan la obligación de seguir abonado la pensión de alimentos a hijos mayores de edad que teniendo que haber finalizado su formación académica no han puesto el esfuerzo necesario para terminar sus estudios. En esta línea, la jurisprudencia actual obliga a los hijos mayores de edad que reciben pensión alimenticia a acreditar su aprovechamiento. Y podían ser privados si no estudian ni trabajan por motivos que les sean imputables. En estos casos, se podrá instar una modificación de medidas solicitando la supresión de la pensión de alimentos. Se exceptúa el caso de que no puedan obtener los rendimientos esperados en su formación académica por causas de salud u otras justificables.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que trabajan

Como venimos diciendo, si el hijo desempeña un trabajo o actividad económica que permita al mismo ser independiente económicamente, podrá instarse una eliminación de la pensión alimenticia.

También podrá solicitarse la supresión en el caso de mayores de edad que han terminado sus estudios pero no tienen empleo por no haberse dedicado a la búsqueda activa del empleo. Habrá que tener en cuenta que, aunque el hijo pudiera tener derecho a pensión, el no tener gastos por estudios también puede hacer que se disminuya la cuantía de la pensión.

Divorcio con hijos

Qué debe ganar el hijo para no tener derecho a pensión alimenticia

En ningún momento se marca el Código Civil cual será la cantidad que debe percibir el hijo para que se elimine el derecho a pensión, ni tampoco señala el tipo de contrato, bien sea fijo o temporal.

En general, se consideran suficientes los ingresos de un hijo cuando están alrededor del salario mínimo interprofesional y existe regularidad en su percepción.

No debe privarse totalmente de la pensión en los casos en los que los contratos son de corta duración, ocasionales o que no generen unos ingresos  que no permitan la independencia económica.

No hay criterios económicos claros para establecer cuando hay independencia económica. Algunas sentencias declaran que no se podía extinguir una pensión de alimentos si los ingresos del hijo eran “notoriamente inferiores al salario mínimo interprofesional”. En cambio, otras han considerado que “el acceso de los hijos mayores de edad al mercado laboral, aunque sea con una retribución reducida o con contratos de trabajo temporales, es causa suficiente para dejar sin efecto la prestación de alimentos fijada dentro del proceso matrimonial”.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que abandonan la vivienda familiar

No es claro que abandonar la vivienda familiar sea causa de finalización de la pensión alimenticia. Lo que si parece claro es que, en el caso de mantenerse la obligación de pasar esa pensión, lo lógico sería que en lugar de ser el progenitor custodio el que la reciba, sea el hijo ya emancipado.

Pensión alimenticia para los hijos casados

Cuando el hijo mayor de edad contrae matrimonio, el derecho a percibir pensión de alimentos y por tanto la obligación del padre que realizaba el pago, queda sin efecto.

Esto es así pues se presume que el hijo que contrae matrimonio y se independiza cuenta con medios económicos suficientes ya sean suyos o de su cónyuge.

¿Puede fijarse un límite temporal a la pensión alimenticia?

En principio, no se puede fijar un límite temporal, pues en principio es difícil conocer a priori el tiempo que el hijo va a necesitar esa pensión alimenticia. La obligación de abonar la pensión alimenticia se mantendrá mientras persistan las circunstancias en las que se fundamenta la pensión y no se produzca ninguno de los motivos que dan lugar a su extinción. Hay opiniones jurídicas que apoyan que en caso de darse unas determinadas circunstancias cabe la posibilidad de establecer un límite temporal a la pensión alimenticia para los hijos mayores de edad.

 Suspensión temporal del pago de la pensión alimenticia

En el  caso de que el obligado al pago de la pensión no pueda abonarla, que es distinto a que no desee pagarla, es posible pedir una suspensión temporal. Hay que tener en cuenta que esta petición no tendrá lugar cuando el hijo es menor de edad, puesto que la obligación de prestar alimentos es inherente a la patria potestad. Sin embargo, si el hijo es mayor de edad la petición sí puede prosperar pues la cuantía de los alimentos debe ser proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe y debe modificarse en función de los cambios en los mismos.

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