Divorcio

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Los papeles del divorcio: Qué documentación necesitas para divorciarte

He firmado los papeles del divorcio“. Todos hemos escuchado a algún personaje famoso, o alguien cercano,  pronunciar esta frase, queriendo referirse a que ha tomado la decisión definitiva de divorciarse. Pero, ¿qué son “los papeles del divorcio”? ¿cómo se firman? ¿son realmente definitivos?

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¿Qué son “los papeles del divorcio”? Documentación para divorciarse

Normalmente, cuando se habla de “los papeles del divorcio”, se está aludiendo a un documento que jurídicamente recibe el nombre de convenio regulador. El mismo es redactado por un abogado, y en él se incluyen todos los acuerdos relativos a las relaciones de los cónyuges tras el divorcio, tales como la custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones, el uso de la vivienda, el reparto de patrimonio o cualquier otro relevante que tenga relación con el procedimiento. Este documento es fundamental en un divorcio de mutuo acuerdo, pues constituye la propuesta que se hace al Juzgado por parte de los esposos. Será el Juez, en último término, quien debe aprobarla.

papeles del divorcio

¿Hay marcha atrás tras su firma?

Sin embargo, para obtener el divorcio no es suficiente con la firma del convenio regulador. Esto es así porque, tras la presentación por parte del abogado y procurador de la petición del divorcio  en el Juzgado, se marca un día por parte del mismo. Este día ambos cónyuges deben acudir al Juzgado para  ratificarse, tanto en su solicitud de divorcio (o de separación) como en el contenido del convenio regulador. Si uno de ellos no acude a este acto, el Juzgado no dictará sentencia de divorcio, sino que archivará el caso.

Por tanto, nuestro personaje famoso – o cualquier otro ciudadano- aunque haya firmado “los papeles del divorcio”, aún puede retractarse de su decisión de divorciarse, tan solo con no acudir a ratificarse.

Esperamos haber resuelto tus dudas sobre los papeles del divorcio. Quedamos a tu disposición para informarte sobre tu caso concreto.

Cómo empezar el divorcio

Si hay acuerdo de ambos esposos, solo tienes que contactar con nosotros y te mandamos el formulario que debes rellenar para iniciar el divorcio.

¿Dudas? Consulta a uno de nuestros Abogados

Si tienes cualquier duda puedes contactar directamente con uno de nuestros Abogados especializado en divorcio.
Puedes hacerlo a través de WhatsApp, teléfono o desde el formulario web. Un abogado atenderá tus dudas y te ayudará a tramitar tu divorcio.

Si no tienes dudas puedes iniciar online la solicitud: envía tus datos y uno de nuestros Abogados te ayudará a iniciar el proceso.

Dónde estamos

Divorcio-Express .org es un servicio ofrecido por el prestigioso despacho Civilis Abogados, con sede en Madrid capital. Tenemos nuestro despacho en Madrid en la Calle Gran Vía 78, al lado de Plaza de España.

Somos abogados con 16 años de experiencia en divorcio de mutuo acuerdo y divorcio contencioso (o sin acuerdo) especializados en tramitación de divorcios express.

Gracias a nuestra propia red de Abogados, tramitamos tu divorcio en toda España. Somos líderes y pioneros en divorcio online.
Puedes concertar una cita gratuita con nosotros.

Despacho de Abogados especializados en divorcio de mutuo acuerdo y separación.

Donde presentar un divorcio

El divorcio express (o divorcio de mutuo acuerdo) puede tramitarse, a elección de los cónyuges, en cualquiera de las siguientes localidades:

  • Dónde estuvo situado el último domicilio común del matrimonio
  • Domicilio actual de cualquiera de los cónyuges

En un caso de ejemplo. Imaginemos unos esposos que se han casado en Cádiz, han vivido juntos en Madrid y ahora residen, por separado,  uno de ellos en Valencia y el otro en Barcelona. ¿En qué localidad podría presentarse el divorcio? En este caso podrán tramitar su divorcio en Madrid (que fue el último domicilio común), o en Valencia o en Barcelona (que es el domicilio actual de cada uno de ellos).

Es conveniente presentar certificado de empadronamiento acreditando el domicilio donde se pretende tramitar el divorcio, para así evitar que el Juzgado se declare incompetente.

La competencia  en divorcio de mutuo acuerdo se establece en el artículo 769.2. de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

En el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo a que se refiere el artículo 777, será competente el Juez del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.

Esperamos que haya sido de utilidad esta información sobre donde presentar un divorcio. Contacta con nosotros y te indicaremos donde podrás presentar el divorcio en tu caso así como te ayudaremos a elegir donde hacerlo.

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Sin sorpresas ni gastos ocultos.
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Localidades de tramitación de divorcio express en Madrid

También en cualquier otra localidad española.

Torrelaguna :

Becerril de la Sierra
Boalo (El)
Colmenar Viejo
Guadalix de la Sierra
Hoyo de Manzanares
Manzanares el Real
Miraflores de la Sierra
Moralzarzal
Navacerrada
Soto del Real
Tres Cantos

Torrelodones :

Acebeda (La)
Alameda del Valle
Atazar (El)
Berrueco (El)
Berzosa del Lozoya
Braojos
Buitrago del Lozoya
Bustarviejo
Cabanillas de la Sierra
Cabrera (La)
Canencia
Cervera de Buitrago
Garganta de los Montes
Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago
Gascones
Hiruela (La)
Horcajo de la Sierra
Horcajuelo de la Sierra
Lozoya
Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias
Madarcos
Montejo de la Sierra
Navalafuente
Navarredonda y San Mamés
Patones
Pinilla del Valle
Piñuécar-Gandullas
Prádena del Rincón
Puebla de la Sierra
Puentes Viejas
Rascafría
Redueña
Robledillo de la Jara
Robregordo
Serna del Monte (La)
Somosierra
Torrelaguna
Torremocha de Jarama
Valdemanco
Vellón (El)
Venturada
Villavieja del Lozoya

Torrejón de Ardoz :

Ajalvir
Algete
Cobeña
Daganzo de Arriba
Fresno de Torote
Fuente el Saz de Jarama
Paracuellos de Jarama
Ribatejada
Torrejón de Ardoz
Valdeolmos-Alalpardo
Valdetorres de Jarama

Navalcarnero :

Álamo (El)
Aldea del Fresno
Arroyomolinos
Batres
Cadalso de los Vidrios
Casarrubuelos
Cenicientos
Chapinería
Cubas de la Sagra
Griñón
Moraleja de Enmedio
Navalcarnero
Navas del Rey
Pelayos de la Presa
Rozas de Puerto Real
San Martín de Valdeiglesias
Serranillos del Valle
Sevilla la Nueva
Villa del Prado
Villamanta
Villamantilla
Villanueva de Perales

Alcalá de Henares :

Alcalá de Henares
Anchuelo
Camarma de Esteruelas
Corpa
Meco
Pezuela de las Torres
Santorcaz
Santos de la Humosa (Los)
Valdeavero
Valverde de Alcalá
Villalbilla

Alcobendas :

Alcobendas
Molar (El)
Pedrezuela
San Agustín del Guadalix
San Sebastián de los Reyes
Talamanca de Jarama
Valdepiélagos

Móstoles :

Boadilla del Monte
Brunete
Móstoles
Quijorna
Villanueva de la Cañada
Villaviciosa de Odón

San Lorenzo de El Escorial :

Colmenar del Arroyo
Colmenarejo
Escorial (El)
Fresnedillas de la Oliva
Navalagamella
Robledo de Chavela
San Lorenzo de El Escorial
Santa María de la Alameda
Valdemaqueda
Valdemorillo
Villanueva del Pardillo
Zarzalejo

Aranjuez :

Aranjuez
Belmonte de Tajo
Colmenar de Oreja
Villaconejos

Leganés

Getafe

Madrid

Majadahonda :

Majadahonda
Rozas de Madrid (Las)

Coslada :

Coslada
Mejorada del Campo
San Fernando de Henares
Velilla de San Antonio

Arganda del Rey :

Ambite
Arganda del Rey
Brea de Tajo
Campo Real
Carabaña
Estremera
Fuentidueña de Tajo
Loeches
Morata de Tajuña
Nuevo Baztán
Olmeda de las Fuentes
Orusco de Tajuña
Perales de Tajuña

Collado Villalba :

Alpedrete
Cercedilla
Collado Mediano
Collado Villalba
Galapagar
Guadarrama
Molinos (Los)
Torrelodones

Parla :

Parla
Pinto

Alcorcón :

Fuenlabrada :

Fuenlabrada
Humanes de Madrid

Colmenar Viejo :

Becerril de la Sierra
Boalo (El)
Colmenar Viejo
Guadalix de la Sierra
Hoyo de Manzanares
Manzanares el Real
Miraflores de la Sierra
Moralzarzal
Navacerrada
Soto del Real
Tres Cantos

Valdemoro :

Chinchón
Ciempozuelos
San Martín de la Vega
Titulcia
Torrejón de la Calzada
Torrejón de Velasco
Valdelaguna
Valdemoro

Pozuelo de Alarcón

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¿Quién abona los gastos de la vivienda en un divorcio de mutuo acuerdo?

En este blog damos respuesta a preguntas sobre divorcio cuando el mismo es de mutuo acuerdo, es decir, en un divorcio express.  En este tipo de procedimientos, para determinar el cónyuge que abonará cada uno de los gastos de la vivienda que es propiedad común, así como  la forma en que se hará o en qué porcentaje, lo relevante es el acuerdo de los cónyuges. Este acuerdo es totalmente libre y se reflejará en el Convenio Regulador, que es el documento donde se reflejan los pactos de las partes en un divorcio amistoso.

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A pesar de que existe libertad, es frecuente que nuestros clientes nos consulten qué suele ser lo habitual en cuanto a la distribución de los gastos de la vivienda. Hay que diferenciar dos supuestos básicos:

  • Un primer supuesto es aquel en que ambos cónyuges sigan en el uso de la vivienda o  ninguno de los dos se lo atribuyan. Al ser una situación de igualdad en cuanto a su uso, la lógica impone que también sea equitativa la contribución a los gastos.
  • El segundo supuesto es que el uso de la vivienda, con independencia de que la propiedad siga siendo común, se atribuya a uno solo de los cónyuges, ya sea junto a los hijos menores o no. En este caso, sin menoscabo de que el acuerdo, como decimos es lo relevante, la solución vendría de diferenciar entre los gastos provenientes del uso de la vivienda y los gastos inherentes a la propiedad, de forma que los gastos por el uso suelen ser abonados por el usuario de la vivienda, mientras que los que recaen sobre la propiedad se atribuyen normalmente al propietario de la misma, si son ambos a los dos. Es cierto que no siempre es fácil distinguir entre una y otra clase de gastos.

Es muy importante aclarar que las consecuencias del divorcio o separación no se pueden aplicar a quienes no han sido parte en él, por lo que los acuerdos de los cónyuges en cuanto a la distribución de los gastos  no afectan ni vinculan a terceros.  Por tanto, a título de ejemplo, el banco en el que se tenga la hipoteca, la comunidad de propietarios, o la compañía de seguros, podrán exigir el pago en la forma pactada con ellos, con independencia de los acuerdos que las partes hayan reflejado en el Convenio Regulador del divorcio.

Sin menoscabo de lo anterior si uno de los cónyuges abona una cantidad cuyo pago corresponde en su totalidad o en parte al otro cónyuge, tendría un derecho de reembolso frente al que no lo abonó debiendo haberlo hecho.

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Todo lo que debes saber para tramitar tu divorcio en Fuenlabrada

Hoy os contamos todo lo necesario para tramitar el divorcio en Fuenlabrada.

Los Juzgados de Fuenlabrada dan servicio a las localidades de Fuenlabrada y Humanes de Madrid.

Con este artículo continuamos un repaso por los detalles de los trámites de divorcio express en algunas ciudades donde tenemos mucha experiencia.

Los pasos y requisitos para divorciarse son los mismos en toda España, pero la forma de trabajo de los diferentes Juzgados o los tiempos habituales pueden hacer que haya pequeños cambios en su desarrollo en función de en qué localidad se lleve a cabo.

En primer lugar el régimen económico matrimonial. A falta de otro pacto al respecto, en la Comunidad de Madrid es el de sociedad de bienes gananciales, pudiendo repartirse los bienes comunes, si los hay, en el mismo procedimiento de divorcio.

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¿Cuánto dura un divorcio en Fuenlabrada?

Respecto a los plazos, los Juzgados de Fuenlabrada, en general, suelen ser Juzgados rápidos:

En un divorcio de mutuo acuerdo sin hijos la sentencia de divorcio suele tardar solo un mes desde el inicio del procedimiento.
En el caso de divorcio de mutuo acuerdo con hijos el plazo habitual es de dos meses.

Además, por nuestra experiencia, son Juzgados que piden la comparecencia de los cónyuges en el Juzgado una sola vez, lo que hace que sea más cómodo.

¿Qué precio tiene un divorcio en Fuenlabrada?

En cuanto al coste, ofrecemos un precio para divorcio en Fuenlabrada desde 390 euros, con todo incluido.

Abogados de divorcio en Fuenlabrada

Tenemos nuestro despacho de abogados en Madrid capital, muy cerca de la Puerta del Sol, por lo que si lo deseáis podéis visitarnos para conocernos, asesoraros o iniciar los trámites. También puedes iniciar el proceso rellenando la solicitu de divorcio online.

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Cómo solicitar el divorcio express

Para poder solicitar el divorcio express en España solo existen dos requisitos :

  1. Que hayan transcurrido tres meses desde el matrimonio
  2. Que haya acuerdo entre los cónyuges

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Tres meses desde la celebración del matrimonio

Es necesario que haya transcurrido tres meses desde que se celebró el matrimonio.

Al ser un plazo breve, este requisito suele cumplirse por prácticamente todos los matrimonios que quieren solicitar el divorcio de mutuo acuerdo.

Acuerdo de ambos cónyuges

Un divorcio express no es otra cosa que un divorcio de mutuo acuerdo -tramitado rápidamente-.

Por tanto, debe existir acuerdo de ambos cónyuges en cuanto a tramitarlo y también en cuanto a las medidas que se pretenden adoptar.

Estos acuerdos harán referencia a la custodia de los hijos, pensión de alimentos, uso de la vivienda, reparto de los bienes gananciales o pensión compensatoria. Este documento es el llamado convenio regulador.

Por ejemplo, en el caso de que existan hijos menores ambos cónyuges deben pactar qué cónyuge tendrá su custodia, qué pensiones se pactarán, el régimen de visitas, etc. Y si hay patrimonio común, qué se va a hacer con ese patrimonio o cómo se va a repartir.

Solicitar el divorcio: ¿es suficiente que lo pida uno de los cónyuges?

La simple voluntad de uno de los cónyuges de no continuar con el matrimonio es suficiente para poder obtener el divorcio, pero para tramitarlo por la vía del mutuo acuerdo (o divorcio exprés) es necesario que haya acuerdo entre ambas partes. En caso de que ambas partes no estén de acuerdo, se trataría de un divorcio contencioso.

Hay que añadir que, desde el año 2005  ya no es necesario llevar a cabo una separación judicial anterior al divorcio, si bien quien prefiera esta fórmula también podrá elegirla, pues se mantiene esta posibilidad.

En resumen

Los requisitos para solicitar el divorcio express son que hayan pasado tres meses desde la celebración del matrimonio y que exista acuerdo de ambos cónyuges tanto en tramitar el divorcio como en todos los pactos del mismo.

Contacta con nosotros para solicitar más información sin compromiso o plantearnos tus dudas.
Si quieres puedes empezar ahora y solicitar el divorcio.

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Tasas judiciales en el divorcio de mutuo acuerdo

Han pasado dos meses de la entrada en vigor de la nueva Ley de Tasas judiciales en el divorcio de mutuo acuerdo.

Hasta el momento existía una aplicación desigual en divorcios de mutuo acuerdo por los diferentes Juzgados. Ocurría que algunos exigían el abono de las tasas judiciales en el divorcio de mutuo acuerdo y otros no.

El recientemente aprobado Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, por fin, despeja la incertidumbre existente.

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La nueva redacción de la Ley de Tasas judiciales es clara y recoge como exención objetiva.

«a) La interposición de demanda y la presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores regulados en el título I del libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No obstante, estarán sujetos al pago de la tasa los procesos regulados en el capítulo IV del citado título y libro de la Ley de Enjuiciamiento Civil que no se inicien de mutuo acuerdo o por una de las partes con el consentimiento de la otra, aun cuando existan menores, salvo que las medidas solicitadas versen exclusivamente sobre estos.»

Cuánto hay que pagar de tasas

A continuación se muestran los costes de algunas tasas en algunos procedimientos.

Tasas en procedimientos de familia

Procesos sobre alimentos: 150 €.

Ordinarios privación de patria potestad: 300 €.

Capacidad, filiación y menores: exento.

Tasas en procesos matrimoniales

Divorcio y separación sin hijos: 150 €.

Divorcio y separación con pensión compensatoria: 150 €.

Apelación contra Sentencias de procesos con tasa: 800 €.

Oposición a la ejecución: 200 €.

Liquidación de gananciales: inicialmente exenta.

Liquidación de gananciales si no hay acuerdo: 150 €.

Gastos extraordinarios: exento. (si hay vista 150 €).

Modificación de medidas de pensión compensatoria: 150 €.

¿Tengo que pagar tasas en un divorcio de mutuo acuerdo?

En decir, los divorcios de mutuo acuerdo están exentos del pago de cualquier tipo de tasa judicial

Se trata de algo que veníamos defendiendo desde nuestro Despacho, que aplicaban la mayoría de Juzgados y que, por fin, queda claro en la legislación.

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Tasas judiciales en el divorcio express: Nueva ley

Tras la publicación en el BOE, el pasado sábado 15 de diciembre, de los impresos para el pago de las tasas judiciales, la Ley de Tasas (Ley 10/2012, de 20 de noviembre) se aplica desde hoy lunes 17 de diciembre.

¿Qué aplicación tiene la Ley de Tasas en los divorcios de mutuo acuerdo?

Como letrado especialista en derecho matrimonial, considero que este tipo de procedimientos no están dentro del hecho imponible de la tasa, pues el mismo es, fundamentalmente, “la interposición de la demanda”. Sin embargo, en un divorcio de mutuo acuerdo, conforme al artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el procedimiento no se inicia por “demanda”, ni se realiza ninguno de los actos procesales enumerados en el artículo 2 de la Ley de Tasas. El citado artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil habla literalmente de “escrito por el que se promueva el procedimiento”. En palabras del doctor en Derecho y Magistrado emérito, don Miguel López-Muñiz Goñi, en estos procedimientos “no existe demanda dirigida contra nadie, no existe propiamente contienda, y el Juez, en principio, no resuelve sobre el fondo del asunto, sino que se limita a comprobar determinados requisitos formales […]”.

Pero, además, la nueva Ley de Tasas, tanto en su preámbulo, como en su articulado, habla de que su finalidad básica es incentivar la solución de los litigios por medios extrajudiciales e incluso establece una devolución de la cuota de la tasa cuando se llegue a este acuerdo. A mayor abundamiento, en el espíritu de la Ley, en la mens legislatoris, se encuentra evitar la litigiosidad. Qué mejor forma de solucionar una crisis matrimonial y de eludir pleitos que la de llegar a un acuerdo, plasmarlo en un convenio regulador y someterlo a la simple aprobación judicial. Es decir, la Ley de Tasas, en su función de potenciación del acuerdo y evitación del conflicto judicial, debe promover este tipo de procedimientos amistosos en materia matrimonial, regulados en el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Siguiendo la lógica del legislador, no tendría sentido que abonarán la misma tasa los divorcios de mutuo acuerdo que los divorcios contenciosos.

Me ratifico aún más en esta opinión de la no sujeción de los divorcios de mutuo acuerdo a la Ley de Tasas si pasamos de lo abstracto a lo concreto, es decir, si analizamos el formulario que nos proporciona la Orden Ministerial recientemente publicada. En el mismo encontramos, para el orden jurisdiccional civil, una casilla para señalar el tipo de procedimiento del que se trata e incluye las siguientes categorías: verbal/cambiario, ordinario, monitorio y ejecución. El divorcio de mutuo acuerdo no es ninguno de ellos. Podría encajar, en cualquier caso, en un verbal, pero no lo es. El artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil lo deja claro: “Las demandas de separación y divorcio, salvo las previstas en el artículo 777 […] se sustanciarán por los trámites del juicio verbal”. Se excluye expresamente de las reglas del verbal al divorcio de mutuo acuerdo (que es el del artículo 777 LEC). Por tanto, el divorcio de mutuo acuerdo ni es un verbal, ni sigue sus reglas. Se trata de un procedimiento especial, que incluso podría calificarse de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, que se rige por las propias reglas del artículo 777 de la Ley de Enjuciamiento Civil.

Entonces, ¿pagamos la tasa o no la pagamos?

Debo añadir que, habiéndolo comentado con otros compañeros, con procuradores y con funcionarios de Juzgados, algunos de ellos esta misma mañana, la opinión general es “ni idea” o “veremos qué va pasando”.

Dicho todo lo anterior y poniendo los pies en la práctica, que es lo que le interesa a nuestro cliente, la decisión de este despacho, basada en dos de los principios que intentamos que rijan nuestro trabajo, que son evitar gastos innecesarios y mantener totalmente informado al cliente desde un inicio, va a ser la siguiente:

1. Se informará al cliente de la existencia de la Ley de Tasas, de la posibilidad de que tenga que ser abonada y de su importe (que entendemos que en cualquier caso sería de 150 euros, que es la que se fija para el juicio verbal).

2. Presentaremos los procedimientos de mutuo acuerdo sin haber liquidado la tasa y se apoyará la decisión mediante “otrosí” debidamente razonado.

3. Esperaremos a la decisión del secretario judicial al respecto y si nos requieren se haría el pago de la misma en ese momento. Hay que tener en cuenta que esto solo supondría que nos solicitarían la subsanación de dicho defecto sin mayores consecuencias procesales o jurídicas de fondo.

4. En determinados partidos judiciales donde los procuradores nos aconsejen su liquidación previa, así lo haremos, pues ellos mejor que nadie saben la práctica concreta de los Juzgados de cada partido.

En cualquier caso quedamos a la disposición de nuestros clientes, para ver con ellos la aplicación a cada caso concreto.

Alejandro Gilabert
Abogado matrimonialista

IMPORTANTE:  Actualización sobre la Ley de Tasas en divorcio de mutuo acuerdo tras la última reforma

 

Cómo divorciarse

Una vez tomada la decisión, surge la duda de cómo divorciarse. El primer paso para divorciarse es hablar con su cónyuge y ver si hay posibilidad de llegar a un acuerdo, tanto en pedir el divorcio como en las medidas que se van a tomar (por ejemplo las relativas a los hijos, bienes comunes o vivienda). Podemos ayudaros a pactar estos puntos o asesoraros sobre las diferentes posibilidades.

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Cómo divorciarse si hay acuerdo entre los cónyuges. Divorcio de mutuo acuerdo.

Si hay acuerdo de los cónyuges el trámite será el denominado divorcio express (o divorcio de mutuo acuerdo). Se trata de un procedimiento sencillo. Para empezar solamente debeis contactar con nosotros y os enviaremos un formulario para que nos indiquéis vuestros datos y así poder redactar el convenio regulador de divorcio. También podéis solicitárnoslo por teléfono o pedir una cita en nuestro despacho. En el convenio regulador se incluirán todos los acuerdos de los cónyuges: la guardia y custodia, régimen de visitas de los hijos, la pensión a los hijos e incluso el reparto de bienes, etc.

Una vez redactado el convenio y firmado, lo presentaremos en los Juzgados de su localidad, junto a la demanda amistosa de divorcio. El Juzgado fijará un día para que os ratifiquéis en la petición de divorcio y dictará sentencia.

Si quieres saber más, consulta la sección Divórciate en 3 pasos.

Y si quieres solicitar tu divorcio, puedes iniciar la solicitud online cómodamente. Rellena el cuestionario de Solicitud de Divorcio.

Cómo divorciarse si NO hay acuerdo entre los cónyuges. Divorcio contencioso

Si no hay acuerdo entre los cónyuges, ya sea sobre solicitar el divorcio o sobre algunas de las medidas el divorcio debe ir or la vía contenciosa.

No te preocupes, también podemos ayudarte. Muchas veces nuestros Abogados son expertos negociadores y podemos intentar llegar a un acuerdo con el otro cónyuge o con su abogado.

Si no fuera posible, en lugar de presentar un acuerdo en el Juzgado, se presenta una demanda de divorcio contencioso, pidiendo el divorcio y lo que el cónyuge que lo presenta solicita.

Cuéntanos tu caso y te ayudamos a empezar.

 

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La pensión alimenticia para los hijos mayores

En caso de divorcio, la pensión alimenticia para los hijos mayores de edad suele ser causa de muchas dudas.

¿Tengo que pagarla? ¿Y si no viven en la vivienda familiar? ¿Y si están ya casados?

Para responder esta pregunta, en primer lugar, es necesario conocer el convenio regulador y lo que se pactó -o la sentencia que se dictó en el caso de un divorcio contencioso-.

En general, podemos decir que existe la obligación de abonar la pensión alimenticia para los hijos, mientras los mismos son menores de edad, así como si son mayores de edad pero carecen de medios económicos propios.

Por tanto, que los hijos hayan alcanzado la mayoría de edad o se hayan emancipado no es un suficiente para dejar de abonar la pensión alimenticia. Además éstos tienen que contar con medios económicos propios que garanticen su independencia.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que estudian

Mientras el hijo mayor de edad esté estudiando, tiene derecho a percibir la pensión alimenticia.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que se han dictado sentencias judiciales que niegan la obligación de seguir abonado la pensión de alimentos a hijos mayores de edad que teniendo que haber finalizado su formación académica no han puesto el esfuerzo necesario para terminar sus estudios. En esta línea, la jurisprudencia actual obliga a los hijos mayores de edad que reciben pensión alimenticia a acreditar su aprovechamiento. Y podían ser privados si no estudian ni trabajan por motivos que les sean imputables. En estos casos, se podrá instar una modificación de medidas solicitando la supresión de la pensión de alimentos. Se exceptúa el caso de que no puedan obtener los rendimientos esperados en su formación académica por causas de salud u otras justificables.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que trabajan

Como venimos diciendo, si el hijo desempeña un trabajo o actividad económica que permita al mismo ser independiente económicamente, podrá instarse una eliminación de la pensión alimenticia.

También podrá solicitarse la supresión en el caso de mayores de edad que han terminado sus estudios pero no tienen empleo por no haberse dedicado a la búsqueda activa del empleo. Habrá que tener en cuenta que, aunque el hijo pudiera tener derecho a pensión, el no tener gastos por estudios también puede hacer que se disminuya la cuantía de la pensión.

Qué debe ganar el hijo para no tener derecho a pensión alimenticia

En ningún momento se marca el Código Civil cual será la cantidad que debe percibir el hijo para que se elimine el derecho a pensión, ni tampoco señala el tipo de contrato, bien sea fijo o temporal.

En general, se consideran suficientes los ingresos de un hijo cuando están alrededor del salario mínimo interprofesional y existe regularidad en su percepción.

No debe privarse totalmente de la pensión en los casos en los que los contratos son de corta duración, ocasionales o que no generen unos ingresos  que no permitan la independencia económica.

No hay criterios económicos claros para establecer cuando hay independencia económica. Algunas sentencias declaran que no se podía extinguir una pensión de alimentos si los ingresos del hijo eran “notoriamente inferiores al salario mínimo interprofesional”. En cambio, otras han considerado que “el acceso de los hijos mayores de edad al mercado laboral, aunque sea con una retribución reducida o con contratos de trabajo temporales, es causa suficiente para dejar sin efecto la prestación de alimentos fijada dentro del proceso matrimonial”.

Pensión alimenticia para los hijos mayores de edad que abandonan la vivienda familiar

No es claro que abandonar la vivienda familiar sea causa de finalización de la pensión alimenticia. Lo que si parece claro es que, en el caso de mantenerse la obligación de pasar esa pensión, lo lógico sería que en lugar de ser el progenitor custodio el que la reciba, sea el hijo ya emancipado.

Pensión alimenticia para los hijos casados

Cuando el hijo mayor de edad contrae matrimonio, el derecho a percibir pensión de alimentos y por tanto la obligación del padre que realizaba el pago, queda sin efecto.

Esto es así pues se presume que el hijo que contrae matrimonio y se independiza cuenta con medios económicos suficientes ya sean suyos o de su cónyuge.

¿Puede fijarse un límite temporal a la pensión alimenticia?

En principio, no se puede fijar un límite temporal, pues en principio es difícil conocer a priori el tiempo que el hijo va a necesitar esa pensión alimenticia. La obligación de abonar la pensión alimenticia se mantendrá mientras persistan las circunstancias en las que se fundamenta la pensión y no se produzca ninguno de los motivos que dan lugar a su extinción. Hay opiniones jurídicas que apoyan que en caso de darse unas determinadas circunstancias cabe la posibilidad de establecer un límite temporal a la pensión alimenticia para los hijos mayores de edad.

 Suspensión temporal del pago de la pensión alimenticia

En el  caso de que el obligado al pago de la pensión no pueda abonarla, que es distinto a que no desee pagarla, es posible pedir una suspensión temporal. Hay que tener en cuenta que esta petición no tendrá lugar cuando el hijo es menor de edad, puesto que la obligación de prestar alimentos es inherente a la patria potestad. Sin embargo, si el hijo es mayor de edad la petición sí puede prosperar pues la cuantía de los alimentos debe ser proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe y debe modificarse en función de los cambios en los mismos.

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