Convenio regulador con pensión compensatoria

En un artículo anterior os exponíamos un modelo de convenio regulador simple, para casos sin hijos ni bienes comunes.

En dicho convenio tipo, en la cláusula tercera, se hablaba de la pensión compensatoria. Ahora queremos incidir en este concepto y ver diferentes posibilidades de redacción en función de cada situación.

Qué es la pensión compensatoria

La pensión compensatoria es una pensión que como su nombre indica, compensa al cónyuge que queda en peor situación económica.

El artículo 97 del Código Civil estipula que el cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación.

Esta pensión compensatoria puede consistir en una pensión por plazo determinado, de forma indefinida o en una prestación única.

La pensión deberá regularse en todo caso en el convenio regulador en el caso de un divorcio de mutuo acuerdo, o en la sentencia en el caso de un divorcio contencioso.

Cómo calcular la pensión compensatoria

A la hora de cuantificarla en cuanto a su importe y plazo se fijan una serie de criterios. Entre ellos destacan la edad, salud, cualificación profesional y probabilidades de acceso a un empleo, dedicación pasada y futura a la familia, duración del matrimonio y convivencia, pérdida eventual de un derecho de pensión, etc. Esto no son todos los criterios a tener en cuenta, solo los más destacables.

Cómo hacer el Convenio regulador con pensión compensatoria

Si no se pacta pensión compensatoria

En este caso puede indicarse simplemente:

No se pacta ninguna cantidad en concepto de pensión o prestación compensatoria del artículo 97 del Código Civil.

También puede añadirse:

Ambos cónyuges renuncian a reclamarse cualquier cantidad por este concepto en el futuro.

Si se pacta una pensión compensatoria de pago mensual

Ambos esposos pactan como pensión compensatoria la cantidad de … euros en concepto de pensión compensatoria que deberá abonar nombre del cónyuge que la abona a nombre del conyuge que la recibe, durante los próximos …. meses.

Estas cantidades serán satisfechas doce meses al año, por meses adelantados e ingresada por nombre del cónyuge que la abona en los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que a tal efecto señale nombre del conyuge que la recibe.

Esta cantidad será actualizada en base al aumento del Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística. La primera actualización tendrá lugar al año de la convalidación judicial del presente convenio.

Prestación compensatoria en un pago único

Se pacta como prestación compensatoria del artículo 97 del Código Civil, la cantidad de …. euros en un pago único que se hará efectivo por nombre del cónyuge que la abona a nombre del cónyuge que la recibe mediante transferencia bancaria una vez se dicte sentencia de divorcio convalidando el presente convenio regulador.

Espero que  os sirva como orientación las cláusulas anteriores, si bien lo más recomendable es que os aconsejéis por un abogado y que sea él quien realice la mejor redacción del convenio regulador con pensión compensatoria para vuestro caso concreto.

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